Grupo CYT

Guía · 28 de septiembre de 2026

Pagos fuera de recibo tras la Ley de Bases: qué debe chequear el empleador

El fin de las multas no cerró la cuenta del pago en efectivo. La Ley 27.742 derogó las penalidades automáticas por empleo no registrado. El empleador que mantiene un esquema mixto, una parte en el recibo y otra en mano, ya no ve activarse por ese solo hecho la tarifa de las Leyes 24.013 y 25.323. Esa porción no se volvió lícita. Tampoco dejó de ser salario. Sigue dentro del SAC, de las vacaciones, de las horas extras, de los aportes y de la indemnización del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

En la liquidación el esquema se reconoce sin esperar un juicio. El recibo cierra un haber. Cada mes, al lado, corre una suma fija en efectivo: presentismo, puntualidad o una meta, sin comprobante y sin entrar en la base que ve ARCA. Mientras nadie la discute, el costo parece el de la planilla. Cuando la prueba muestra que esa suma se pagaba con habitualidad, la liquidación se rearma sobre lo percibido. El recibo deja de ser el techo.

El inventario de qué derogó la Ley 27.742, qué artículos de la Ley 24.013 siguen en pie y por qué la retroactividad no está zanjada está en la guía de eliminación de multas laborales por la Ley de Bases. La carga de identificar, cuantificar y probar un daño civil, una vez caídas esas multas, está en la nota sobre Norgeot y la prueba del daño. Esta guía no reescribe esos dos mapas. Mira qué implica, para payroll y para la reserva del juicio, seguir pagando fuera de recibo cuando la multa tarifada ya no corre sola.

Grupo CYT lee ese esquema desde el encuadre de derecho laboral para el empleador: la base que usa liquidación, el recibo que la documenta y la contestación si el hecho ya está en un expediente. Llamar no remunerativo a un pago en efectivo por el trabajo no lo saca de la remuneración. El mapa de qué sí puede excluirse está en pagos no remunerativos. El formato del comprobante que tiene que reflejar lo pagado está en recibo de sueldo 2026. Si el vínculo deficiente se quiere ordenar, el carril y sus condiciones están en el PER de regularización laboral.

Ficha. Ley 27.742 (Ley de Bases): derogación de las penalidades automáticas por empleo no registrado. No legaliza el pago fuera de recibo. El salario marginal sigue siendo remuneratorio si retribuye el trabajo (art. 103 LCT) e impacta SAC, vacaciones, horas extras, aportes y la base del art. 245 LCT. Caso de lectura liquidatoria: Norgeot, Claudia Soledad c/ Pragtia S.R.L. s/ despido, CNAT, Sala III, 11 de septiembre de 2026. Esquema mixto (recibo y efectivo). Prueba testimonial coincidente de cuatro dependientes y exempleados: habitualidad, montos y quién pagaba en mano. En ese expediente se tuvo por probada una percepción fija mensual no registrada de $ 250.000, ligada a puntualidad, presentismo y metas, y se mandó reajustar rubros salariales e indemnizatorios. Daño civil: solo con daño concreto, nexo y cuantificación. En Norgeot se rechazó por manifestaciones genéricas. Los $ 250.000 son un hecho de ese expediente, no un monto de referencia. Esta nota no fija plazos de condena ni alícuotas.

¿La derogación de las multas legaliza el pago fuera de recibo?

No. Sacar la multa del régimen no es autorizar la conducta. La Ley 27.742 eliminó las penalidades automáticas que se disparaban al probar la falta de registración o la registración deficiente. El empleador deja de tener, por ese solo hecho, la tarifa de las Leyes 24.013 y 25.323. El pago en negro no quedó habilitado.

El orden público laboral no se movió con esa derogación. La remuneración es la contraprestación que el trabajador debe percibir como consecuencia del contrato (artículo 103 de la LCT). El artículo 12 anula toda convención que suprima o reduzca los derechos de la ley, del convenio o del contrato, en la celebración, en la ejecución o al extinguir el vínculo. Un acuerdo interno, o una práctica de payroll, que diga que el efectivo «no es sueldo» no le cierra la base al juez.

Tampoco alcanza con haber dejado de temerle a la multa. El recibo tiene que consignar la remuneración. El modelo vigente, con sus secciones y su gráfico de costo, está en la guía de recibo de sueldo 2026. Pagar una parte fuera de ese comprobante sigue siendo una registración incompleta del haber, aunque la sanción tarifada ya no se active sola.

Qué artículos de la Ley 24.013 siguen en pie, qué pasó con la Ley 25.345 y por qué la retroactividad de la derogación no tiene una respuesta única: eso sigue en la guía de eliminación de multas. Esta nota no reabre ese inventario. Parte de un dato operativo. La multa puede no correr, y la suma pagada en mano puede seguir siendo salario.

¿El salario pagado fuera de recibo sigue siendo remuneratorio?

Sí, cuando esa suma retribuye el trabajo. El carácter remuneratorio no depende del renglón del recibo ni del nombre que le puso la empresa. Depende de si es contraprestación del contrato.

El caso típico, después de la reforma, no es un beneficio en especie. Es dinero. Una suma fija, todos los meses, en efectivo, atada a puntualidad, a presentismo o a una meta. En la jerga interna puede llamarse bono, premio o «no remunerativo». Si se paga por trabajar, y se paga de manera habitual, integra la remuneración. La etiqueta no la saca.

Las exclusiones legales son otras, y son estrechas. Los beneficios sociales del artículo 103 bis de la LCT son prestaciones de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituibles en dinero. Un sobre con efectivo no entra en ese catálogo. El artículo 6 de la Ley 24.241, a los fines previsionales, toma el ingreso en retribución de la actividad personal cualquiera sea la denominación, y el artículo 7 lista lo que queda fuera. Ese mapa, con la habitualidad y con lo que cambió la Ley 27.802 en beneficios sociales, está en pagos no remunerativos. Usarlo para disfrazar un sueldo marginal es el error que después se lee en la pericia.

La habitualidad se mira en la práctica del empleador. No hace falta que el concepto figure doce veces con el mismo código. Si la empresa lo entrega como regla del puesto, mes a mes, en mano, la discusión de «era voluntario» llega tarde. Una gratificación aislada y extraordinaria es otro análisis. Una suma fija mensual no documentada no se parece a esa gratificación.

¿En qué rubros de la liquidación entra la porción no registrada?

En todos los que toman la remuneración real, si la porción se prueba como parte del haber. La derogación de las multas cambia el rubro sancionatorio. No congela el SAC, las vacaciones, las horas extras, las cargas ni la indemnización en el número que quedó escrito en el recibo.

RubroSi la porción en efectivo se prueba como haberQué no hace la derogación de multas
SACEntra en la remuneración con la que se liquida el complementoNo deja el SAC calculado solo sobre el recibo
VacacionesLa retribución del descanso toma lo que correspondía, incluido el plus habitualNo congela las vacaciones en el neto declarado
Horas extrasEl recargo se calcula sobre el salario normal realNo autoriza a tomar como base el sueldo de recibo si había un plus habitual en mano
Aportes y contribucionesLa base previsional incluye el ingreso que retribuye el trabajoNo condona, por sí, lo que no se ingresó
Art. 245 LCTEntra en la mejor remuneración mensual, normal y habitual, si la porción lo esNo sustituye esa base por la cifra del recibo

La tabla es de encuadre, no un tarifario. People ops no la usa para estimar de antemano un monto de pago no registrado. La usa para no seguir liquidando como si el recibo fuera el haber, el día en que la prueba muestra lo contrario. Ningún casillero de esta nota trae un monto de ejemplo.

¿Cómo impacta el SAC, las vacaciones y las horas extras?

El sueldo anual complementario se arma sobre remuneración. Los artículos 121 y 122 de la LCT definen ese complemento y la manera de tomarlo en cada semestre. Si la suma en efectivo integra el haber del mes, entra en esa base. Un SAC liquidado solo sobre el recibo, mientras todos los meses corría un plus en mano, queda corto el día en que ese plus se tiene por probado. Esta guía no reescribe la cuenta del 121 y del 122 ni le pone un número.

Las vacaciones siguen la misma lógica de haber. La licencia se paga con la retribución que corresponde al trabajador en ese momento, no con un neto que omitió un componente habitual. Si la persona cobraba, por trabajar, el recibo más una suma fija en efectivo, las vacaciones no se salvan calculándolas sobre la mitad visible. Los días según antigüedad no son el objeto de esta nota y no se listan acá.

Las horas extras arrastran la base. El artículo 5 de la Ley 11.544 sigue vigente: el salario de las horas suplementarias se aumenta por lo menos en un 50 % respecto del salario normal, y en un 100 % cuando se trata de días feriados. Si el «salario normal» de la liquidación es solo el del recibo, y el salario normal real incluía el efectivo habitual, cada hora extra nace subvaluada. El mapa de topes diarios y semanales, y de por qué el recargo no se derogó, está en la guía de jornada laboral. Acá el punto es la base, no el tope de horas.

¿Qué ocurre con los aportes y las contribuciones?

La porción no registrada, si es remuneración, también es base de la seguridad social. El artículo 6 de la Ley 24.241 considera remuneración el ingreso que el afiliado percibe en dinero o en especie, susceptible de apreciación pecuniaria, en retribución de su actividad personal, cualquiera sea la denominación. Dejar esa suma fuera del recibo suele dejarla fuera de la declaración jurada y del ingreso de aportes y contribuciones.

La Ley 27.742 no convirtió esa omisión en una diferencia condonada. Derogó multas laborales tarifadas. No reescribió el artículo 6 ni perdonó, por el solo hecho de la reforma, lo que no se ingresó a la seguridad social. Las alícuotas, los intereses y la determinación son de ese régimen. Esta nota no los inventa ni los fija.

Regularizar es otro carril, con condiciones propias. El PER mira registración deficiente, fechas de alta y qué se condona y qué no. No es un botón que borre el pasado porque las multas de la Ley de Bases cayeron. Antes de adherir, payroll y legales tienen que saber qué porción en efectivo existió y desde cuándo. Entrar al PER sin ese mapa es adherir sobre una base que la empresa no reconstruyó.

¿Cómo se recalcula la indemnización del artículo 245 de la LCT?

El artículo 245 toma una remuneración, no el renglón que la empresa eligió mostrar. En el texto vigente, sustituido por la Ley 27.802, la base es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Quedan fuera de esa base el SAC, las vacaciones y los premios no mensuales. Hay un tope de tres veces el salario promedio del convenio aplicable, que no puede quedar por debajo del 67 % de la remuneración real. La Ley 27.742 sacó multas. No reemplazó esta base por «lo que diga el recibo».

Para el empleador que paga una parte en mano, el cruce es concreto:

Los rubros conexos que también toman remuneración mensual (la integración del mes de despido, el SAC sobre rubros indemnizatorios, la indemnización sustitutiva de preaviso cuando corresponde) se rearman con la misma idea: la base es lo percibido como haber, no solo lo documentado. Cuáles de esos rubros aplican depende del caso, de la antigüedad y de si el vínculo estaba en período de prueba. El preaviso durante la prueba tiene su propia guía: indemnización sustitutiva de preaviso. No se copia de acá un paquete único de egreso.

¿Qué acreditó la prueba en Norgeot sobre el pago en efectivo?

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en Norgeot, Claudia Soledad c/ Pragtia S.R.L. s/ despido (11 de septiembre de 2026), examinó un esquema mixto. Una parte del pago estaba en el recibo. Otra corría en efectivo, fuera de registro, ligada a puntualidad, presentismo y metas de trabajo, sin documentación.

La prueba que sostuvo el hecho fue testimonial. Coincidieron cuatro dependientes y exempleados. Con esos dichos se tuvo por acreditada la habitualidad, los montos y quién entregaba el dinero en mano. No hizo falta que el recibo confesara la suma. El legajo prolijo no tapa un pago que los compañeros y los exempleados pueden describir.

Con esa prueba, se tuvo por acreditada una percepción fija mensual no registrada de $ 250.000 y se ordenó reajustar los rubros salariales e indemnizatorios, incluyéndola en la base de cálculo. Ese importe es un hecho de este expediente. No es el «valor del pago en negro», no es una pauta para reservar otros juicios y no se exporta a otra nómina. Otro caso, con otra suma, se prueba de nuevo.

La misma sentencia confirmó la irregularidad registral y las diferencias, y rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la derogación y el reclamo de daño civil. Esos dos rechazos tienen su lectura propia en la nota de prueba del daño tras la derogación de multas, que también registra el pago en efectivo y en sobre. Acá el tramo útil para payroll es el otro: probado el pago marginal, la base se corrige. La multa tarifada no volvió. Las diferencias sí.

Probar el pago fuera de recibo mueve la base de la liquidación. No legaliza ese pago. Tampoco reemplaza, por sí solo, la prueba de un daño civil.

¿El daño civil se suma solo porque hubo pago fuera de recibo?

No. Son dos consecuencias distintas, y conviene no fundirlas en la reserva.

La primera es liquidatoria. Si el trabajador acredita la suma pagada sin recibo, esa suma entra en el haber y se reliquidan los rubros que dependen de la remuneración. En Norgeot ese tramo prosperó. No pide un daño extra. Pide la remuneración real.

La segunda es de derecho civil, y apareció con más frecuencia desde que las multas tarifadas dejaron de ocupar ese lugar. Para que prospere hacen falta tres cosas, juntas:

  1. Un daño concreto: una lesión patrimonial o extrapatrimonial verificable. No alcanza la irregularidad administrativa dicha en abstracto.
  2. Un nexo: que esa omisión registral haya derivado en el detrimento que se invoca.
  3. Una cuantificación: parámetros para determinar el monto, no una cifra suelta ni una fórmula copiada de la multa derogada.

En Norgeot el rubro se desestimó. La demanda traía manifestaciones genéricas, sin un perjuicio tangible e individualizado. Probar los $ 250.000 mensuales no registrados alcanzó para las diferencias. No alcanzó, en ese escrito, para el daño civil.

El estándar fino (qué perjuicio puede identificarse, por qué una demanda genérica choca con el artículo 65 de la Ley 18.345, y por qué el rechazo de este expediente no cierra la vía) está en la nota de Norgeot y la prueba del daño. Esta guía no lo repite. Lo separa, para que legales in-house no contesten las diferencias como si fueran un daño, ni archiven las diferencias porque el daño de aquel escrito se cayó.

¿Qué debe chequear el empleador que sigue pagando fuera de recibo?

  1. ¿Hay una porción en efectivo, en sobre o en una planilla paralela que no entra al recibo ni a la declaración de cargas?
  2. ¿Esa porción retribuye el trabajo (puntualidad, presentismo, meta, «bono» mensual) o encuadra de verdad en una exclusión? El mapa está en pagos no remunerativos.
  3. ¿El SAC se liquida con esa remuneración adentro, o solo con el número del recibo?
  4. ¿Las vacaciones toman la retribución que la persona cobraba por trabajar, incluido el plus habitual en mano?
  5. ¿Las horas extras usan el salario normal real como base del recargo del artículo 5 de la Ley 11.544? El encuadre de la jornada está en jornada laboral.
  6. ¿Aportes y contribuciones se calculan sobre el mismo haber, o solo sobre lo que ve ARCA? La derogación de multas no condona esa diferencia.
  7. ¿La reserva del artículo 245 usa la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, con la porción en efectivo adentro si lo es, y con el SAC, las vacaciones y los premios no mensuales fuera de esa base, como dice el texto vigente?
  8. ¿El recibo muestra lo pagado, de modo que el comprobante no contradiga la práctica?
  9. ¿Si hay juicio, la contestación separa diferencias de haberes, multas derogadas y daño civil? El inventario de la derogación está en eliminación de multas. La prueba del daño, en Norgeot.
  10. ¿Frente al daño civil se exige daño concreto, nexo y cuantificación, sin tratar el rechazo de Norgeot como una inmunidad?
  11. ¿Conviene reconstruir la porción no registrada y evaluar el PER con sus condiciones, en lugar de esperar a que la base la fije un testimonio?
  12. ¿Legal, people ops y payroll cuentan la misma historia: la multa tarifada puede no correr, y la base remuneratoria sigue?

El error caro, con este régimen, es doble. Leer la derogación como si hubiera autorizado el pago fuera de recibo, o como si el recibo hubiera pasado a ser el haber real. O, al revés, tomar los $ 250.000 de Norgeot como tarifa de otros juicios y el rechazo del daño civil como si hubiera borrado las diferencias. La multa puede no activarse sola. La suma pagada en mano, si es salario, sigue liquidándose como salario.

Si alguna de estas respuestas no cierra, conviene cruzar legales y people ops antes de la próxima liquidación, de armar una reserva o de adherir a una regularización. Para una revisión de la base o del expediente, el canal es contacto.

Esta guía ordena el encuadre para el empleador. No reemplaza la liquidación de un caso concreto ni el texto de la sentencia.

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