Grupo CYT

Guía · 27 de agosto de 2026

¿Corresponde pagar indemnización sustitutiva de preaviso en el período de prueba?

Uno de los puntos que más dudas genera en materia laboral es qué sucede cuando el empleador decide finalizar un contrato durante el período de prueba. ¿Hay que pagar indemnización por despido? ¿Se debe dar preaviso? ¿Qué cambió con la Ley de Bases y con la Ley 27.802?

La respuesta corta, para la empresa, ya no es la que quedó después de la Ley 27.742. La Ley 27.802 de Modernización Laboral (B.O. 6/3/2026), la misma que reformó el recibo de haberes, sustituyó el inciso b) del artículo 231 de la Ley de Contrato de Trabajo y dispuso, de modo expreso, que si el trabajador se encuentra en período de prueba no se requerirá la obligación de preaviso. Sin preaviso exigible, no hay indemnización sustitutiva del artículo 232 por omitirlo.

Grupo CYT mira este instituto desde el encuadre de derecho laboral y payroll para el empleador: calendario del 92 bis, registración y liquidación, no el reclamo del trabajador.

¿Qué es el período de prueba?

El artículo 92 bis de la LCT (texto de la Ley 27.742) establece que el contrato por tiempo indeterminado se entiende celebrado a prueba durante los primeros seis (6) meses. Las convenciones colectivas de trabajo pueden ampliar ese plazo:

La Ley 27.802 no sustituyó el artículo 92 bis. Durante ese lapso, cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo sin expresión de causa y sin derecho a indemnización por despido. El artículo 245, sustituido por la Ley 27.802, confirma el mismo recorte: la indemnización por antigüedad procede luego de transcurrido el período de prueba.

Que no haya indemnización por despido no significa que no haya liquidación. Siguen los rubros ordinarios de egreso (haberes adeudados, SAC proporcional, vacaciones proporcionales). Lo que cambió, y es el objeto de esta guía, es el preaviso.

¿Qué decía la ley sobre el preaviso durante la prueba?

Hasta la Ley 27.802, el inciso b) del artículo 231 fijaba un preaviso del empleador de quince (15) días cuando el trabajador se encontrare en período de prueba. El artículo 232 convierte la omisión o el preaviso insuficiente en una indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración que correspondería durante ese plazo.

Esa era la razón por la que, bajo la Ley 27.742, correspondía pagar la sustitutiva si se extinguía en prueba sin avisar: la Ley de Bases alargó el período de prueba (de tres a seis meses, con las ampliaciones por convenio) y no modificó los artículos 231 y 232.

¿Qué cambió con la Ley 27.802?

El artículo 48 de la Ley 27.802 sustituyó el inciso b) del artículo 231. El preaviso a cargo del empleador quedó así:

El artículo 232 no fue sustituido. Sigue aplicando cuando hay un preaviso omitido o insuficiente. En período de prueba, el 231 ya no exige ese preaviso al empleador. Por lo tanto, no hay plazo que convertir en indemnización sustitutiva.

¿Corresponde hoy la indemnización sustitutiva de preaviso?

No, si la extinción ocurre mientras el trabajador está en período de prueba. El texto vigente del artículo 231, inciso b), lo dice de modo expreso.

Sí corresponde otorgar el preaviso (o pagar la sustitutiva del artículo 232) cuando el período de prueba ya venció. Ahí rigen el mes o los dos meses del mismo inciso.

El control práctico es de calendario y de registración. El 92 bis no admite usar el período de prueba más de una vez con el mismo trabajador, y la falta de registración desde el inicio se considera renuncia al período de prueba. Fuera de prueba, el régimen de preaviso e indemnización vuelve a ser el común.

Checklist mínimo para RRHH y liquidación

Si alguna de estas respuestas genera dudas, conviene cruzar legal y people ops antes de comunicar el egreso. Para una revisión de cumplimiento, el canal es contacto.

¿Este tema aplica a tu empresa?

Agendá una consulta con el equipo de Grupo CYT o escribinos directamente.

← Volver al blog