Grupo CYTAcceso Clientes

Laboral · Acceso libre · 8 min

Indemnización por despido 2026: cómo se calcula

En 2026 el despido sin causa se calcula con el art. 245 LCT: un mes de sueldo por cada año o fracción mayor de tres meses. Sirve para que el trabajador controle la liquidación y para que el empleador la arme sin copiar un modelo viejo.

Esta guía cubre el despido sin justa causa. El trabajador necesita saber si el monto cierra. El empleador necesita liquidar en el formato vigente y documentar cada rubro. Si el vínculo estaba mal registrado, el cálculo cambia: ver también qué quedó en pie después de la Ley de Bases.

Cinco pasos para armar el cálculo esta semana

  1. Confirmar que el despido es sin justa causa (esta guía no cubre el despido con causa).
  2. Reunir recibos, telegrama o carta documento, alta temprana, convenio aplicable y constancia de registración.
  3. Fijar la base: la mejor remuneración mensual, normal y habitual (no el neto de un mes flojo).
  4. Contar un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, y controlar si el CCT fija un tope.
  5. Sumar preaviso o indemnización sustitutiva, integración del mes, SAC y vacaciones, y revisar que cada descuento tenga respaldo legal.

Modelo práctico: liquidación y telegrama

No hace falta un formulario descargable. Esta semana alcanza con armar dos piezas: el desglose de rubros y el texto fehaciente. El trabajador lo usa para controlar o intimar. El empleador, para notificar el cese y pagar sin dejar huecos.

Estructura de la liquidación final

  1. Datos: empleador (CUIT), trabajador (CUIL), fecha de ingreso, fecha de cese, categoría y CCT.
  2. Base: mejor remuneración mensual, normal y habitual, con el detalle de cómo se llegó a esa cifra.
  3. Art. 245: años y fracción, tope de convenio si aplica, resultado.
  4. Preaviso o art. 232, integración del mes, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, días del mes.
  5. Descuentos: solo los que tengan norma o documento (aportes, embargo, adelanto). Cada línea, con origen.

Estructura del telegrama o carta documento

  • Destinatario: razón social o titular, CUIT y domicilio laboral.
  • Hechos: ingreso, categoría, última remuneración, fecha y forma del despido o del cese.
  • Pedido (trabajador): liquidación completa, certificados y reserva de derechos.
  • Comunicación (empleador): fecha de cese, si es con o sin causa, y que la liquidación se pone a disposición.

Rubros habituales de la liquidación final

Rubro Regla orientativa Para quién importa
Indemnización art. 245 Un mes de sueldo por cada año o fracción mayor de tres meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual. Puede haber tope de CCT. El trabajador controla la base y la fracción. El empleador documenta cómo la calculó.
Preaviso o art. 232 Según antigüedad y quién decide el egreso (arts. 231 y 232 LCT). El preaviso en período de prueba cambió con la Ley 27.802. Copiar una liquidación de 2024 suele equivocar este renglón.
Integración del mes Si el despido es sin preaviso y no cae el último día del mes. Falta habitual en liquidaciones apuradas.
SAC y vacaciones SAC proporcional del semestre y vacaciones no gozadas, más días trabajados del mes. Van en el recibo final, no “a cuenta” sin desglose.

Calculadora orientativa (art. 245 LCT)

Solo estima la indemnización por antigüedad. No aplica tope de convenio, preaviso, integración, SAC ni vacaciones. Cifra orientativa, no un dictamen.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa en 2026?

La regla del art. 245 no se sustituyó: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual. Lo que sí cambió el entorno de 2026 es el soporte de esa cifra. El empleador tiene que poder mostrar el recibo de sueldo 2026 (Ley 27.802 y Decreto 407/2026). El trabajador, cruzar esa base con lo que realmente cobraba (adicionales habituales incluidos).

Si el CCT de la actividad fija un tope indemnizatorio, se aplica sobre esa base. Un cálculo “de internet” que ignore el convenio le erra a las dos partes.

¿Qué más se liquida además de la indemnización por antigüedad?

Además del art. 245 suelen liquidarse preaviso o su indemnización sustitutiva, integración del mes, SAC proporcional, vacaciones no gozadas y días trabajados. El trabajador no debería firmar un “saldo de todo reclamo” si esos renglones no están. El empleador no debería pagar un global sin desglose: después cuesta defenderlo.

¿Qué no le pueden descontar en la liquidación?

Los arts. 131 y siguientes de la LCT limitan los descuentos. Corresponden aportes, embargos y adelantos que estén documentados. No corresponde retener la indemnización por un faltante de caja, una penalidad interna o el costo de una capacitación que no se pactó por escrito. Si el empleador cree tener un crédito, el camino es el que fije la ley, no una quita unilateral en el egreso. El trabajador conviene que pida el detalle de cada línea antes de firmar.

¿Qué cambió el preaviso con la Ley 27.802?

El tratamiento del preaviso en período de prueba cambió con la Ley 27.802. Durante la prueba el vínculo se puede extinguir sin indemnización por despido, pero el preaviso no se copia de un modelo anterior a la reforma. Fuera de la prueba, siguen los arts. 231 y 232: plazos distintos según antigüedad y según si el egreso lo decide el empleador o el trabajador.

¿Qué tiene que mostrar el recibo en 2026?

El Decreto 407/2026 aprobó el modelo único (Anexo III), con secciones de datos, contribuciones a cargo del empleador, remuneración bruta y neto. Para el empleador es un problema de payroll: el software tiene que emitir ese formato. Para el trabajador es la pieza con la que controla si la base del art. 245 coincide con lo habitual. Conservar recibos (el art. 143 LCT distingue plazos laborales y de seguridad social) le sirve a los dos si después hay discusión.

Los plazos para reclamar son breves. Un telegrama mal redactado o tardío puede cerrar una vía. Esta guía no reemplaza el análisis de un matriculado sobre su caso. Material orientativo de CYT Abogados. No constituye asesoramiento sobre un caso concreto.

¿Necesita asesoramiento sobre este tema?

Nuestros profesionales revisan recibos, convenios e información antes de responder.