Grupo CYT

Guía · 2 de septiembre de 2026

¿Qué valores del salario mínimo vital y móvil rigen hasta abril de 2027?

La pregunta operativa para RRHH, payroll y legales in-house no es cuánto “debería” cobrar un trabajador de convenio. Es si el piso legal se movió para quienes están fuera de CCT, para contratos a tiempo parcial y para los topes de la prestación por desempleo. El 2 de septiembre de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Fija ocho tramos, de septiembre de 2026 a abril de 2027.

No hubo acuerdo entre los representantes de los sectores trabajador y empleador en el Consejo. La resolución es un laudo: los valores rigen igual. Mezclar el piso legal con la escala convencional o con un plus voluntario es el error que deja diferencias a pagar en la próxima liquidación.

Grupo CYT mira este instituto desde el encuadre de derecho laboral y payroll para el empleador: piso de haberes, jornada proporcional y proyección sobre institutos que usan el SMVM como referencia, no el reclamo del trabajador. El formato del documento de haberes está en la guía de recibo de sueldo 2026.

¿Qué valores del SMVM fijó la Resolución 4/2026?

El artículo 1 fija, excluidas las asignaciones familiares, un valor mensual para jornada legal completa y un valor horario para jornalizados. Cada tramo rige a partir del día 1 del mes que indica:

Vigencia Mensualizados, jornada completa Jornalizados, por hora
Desde el 1 de septiembre de 2026 $ 383.800 $ 1.919
Desde el 1 de octubre de 2026 $ 391.200 $ 1.956
Desde el 1 de noviembre de 2026 $ 398.800 $ 1.994
Desde el 1 de diciembre de 2026 $ 406.400 $ 2.032
Desde el 1 de enero de 2027 $ 414.200 $ 2.071
Desde el 1 de febrero de 2027 $ 422.000 $ 2.110
Desde el 1 de marzo de 2027 $ 429.600 $ 2.148
Desde el 1 de abril de 2027 $ 437.000 $ 2.185

El valor de abril de 2027 ($ 437.000 mensuales y $ 2.185 por hora) es el último tramo de esta resolución. El texto no prevé un mecanismo de indexación automática posterior.

¿A quiénes aplica el nuevo SMVM?

Estos importes alcanzan a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo que cumplen la jornada legal completa del artículo 116 LCT, a los trabajadores agrarios y a los de la Administración Pública Nacional y de las entidades y organismos del Estado nacional que actúen como empleador.

En los supuestos de jornada reducida o contrato a tiempo parcial de los artículos 92 ter y 198 de la LCT, el salario mínimo se abona en la proporción correspondiente. El piso no se “redondea” hacia el valor de jornada completa. Quien trabaja media jornada no puede liquidarse por debajo de la mitad del SMVM vigente en ese mes.

¿Cómo impacta el SMVM en la prestación por desempleo de la Ley 24.013?

El artículo 2 de la misma resolución actualiza la prestación por desempleo del artículo 118 de la Ley 24.013. La fórmula no cambia: equivale al 75 % del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis (6) meses anteriores al cese. En ningún caso esa prestación mensual puede ser inferior al 50 % ni superior al 100 % del SMVM vigente.

Como el SMVM sube cada mes hasta abril de 2027, el piso y el techo de esa prestación se mueven con cada tramo. Para un cese liquidado en octubre no rige el valor de septiembre. El área que arma un egreso con derecho a prestación tiene que mirar el SMVM del mes aplicable, no el de la última planilla que tenía cargada.

Checklist mínimo para RRHH y liquidación

Si alguna de estas respuestas genera dudas, conviene cruzar legal y people ops antes de la próxima liquidación o de un egreso con prestación. Para una revisión de cumplimiento, el canal es contacto.

¿Este tema aplica a tu empresa?

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